Restablecimiento del equilibrio de poderes: prohibición de la reelección Presidencial


El Acto Legislativo 2 de 2015 aprobado por el Congreso  fué promovido por el Presidente de la República Juan Manuel Santos como un acto reformatorio orientado a restablecer el equilibrio de los poderes públicos. El elemento más relevante de este Acto Legislativo es la prohibición de la reelección presidencial. En un contexto de democracia precaria proclive al populismo no conviene la permanenecia del mismo ciudadano en la jefatura del estado por más de un periodo constitucional. A iniciativa de Álvaro Uribe Vélez el Congreso introdujo la figura de la reeleccion presidencial empezando el milenio mediante el Acto Legislativo 2 de 2004. El presidencialismo característico de los Estados de América del Sur se acentuó considerablemente al introducir la autorización de la reelección. La potestad del Presidente para ternar ante el Congreso los candidatos a ocupar cargos de control , para designar 5 de los miembros de la Junta Directiva del Banco de la República, para ternar ante la Corte suprema de Justicial al Fiscal General de la Nación  potenció el poder gubernamental en detrimento de los otros poderes por la prolongación en el tiempo del ejercicio del cargo a través de la reelección. En el restablecimiento del equilibrio dos actos jurídico políticos deben ser estudiados y recordados: i) La sentencia C-141 de 2010 de la Corte Constitucional que declaró inexequible la ley 1354 de 2009  por medio de la cual se convocaba a un referendo para reformar la Constitución y permitir la elección presidencial de un mismo ciudadano hasta por 3 periodos, y ii) el Acto Legislativo 2 de 2015 aprobado por el Congreso a iniciativa del Presidente Juan Manuel Santos Calderón que elimina la nefasta figura introducida en 2004 en la Carta Política. Como un elemento de rigidez adicional ésta prohibición contenida en el artículo 197 de la Constitución, sólo podrá ser reformada por una Asamblea Constituyente o mediante Referendo de iniciativa popular.