Noticias y actualidad

Corte Constitucional dice que parejas del mismo sexo sí constituyen familia

Corte Constitucional dice que parejas del mismo sexo sí constituyen familia

				

La Corte Constitucional afirmó que la condición sexual no es un elemento determinante para construir familia, por este motivo las parejas del mismo sexo deben ser consideradas como tal.

 

“El vínculo familiar se logra a partir de diversas situaciones de hecho, entre ellas, la libre voluntad de conformar la familia, al margen del sexo o la orientación de sus integrantes. Por lo tanto, resulta claro que la heterosexualidad o la diferencia de sexo entre la pareja, e incluso la existencia de una, no es un aspecto definitorio de la familia, ni menos un requisito para su reconocimiento constitucional”, señaló la Corte.


En la sentencia T-716 de 2011, con ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, la Corporación señala que han sido erróneas las interpretaciones que se han hecho sobre el artículo 42 de la Carta Política en el sentido de que una familia es solo la constituida por el vínculo entre un hombre y una mujer.

 

Según la corporación, esta concepción amplia de familia es compatible con la prohibición constitucional de discriminación en razón de la orientación u opción sexual y con el reconocimiento jurídico que la Corte ha hecho a las uniones de vida estable y singular entre personas del mismo sexo.

 

El pronunciamiento del alto tribunal fue hecho al conceder a una mujer la pensión de sobreviviente de su compañera permanente con quien vivió por varios años.

 

Consulte el texto completo de la sentencia en el siguiente enlace:

http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2011/t-716-11.htm